NOVEDADES PARA LA RENTA 2021

 

La Campaña para la Declaración de la Renta se extiende este año desde el 6 de abril (para las declaraciones que se presentan por internet) hasta el 30 de junio. No obstante, tanto la Campaña del IRPF como la de Patrimonio del año 2021 recogen algunas otras fechas clave:

  • Entre el 1 y el 30 de junio se podrá confeccionar la declaración de manera ordinaria.
  • Desde el 5 de mayo y hasta el 30 de junio se podrá optar por la vía telefónica, siendo la Agencia Tributaria la que se ponga en contacto con el contribuyente.
  • Durante todo el mes de junio, los contribuyentes podrán presentar su declaración de manera presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.
  • El plazo para las declaraciones con resultado a ingresar y con domiciliación bancaria finaliza el 27 de junio.

Novedades 2021

Entre las principales novedades que se introducen en la Campaña de este año, habrá un nuevo gravamen sobre la base imponible del ahorrodel 26% para las cifras que superen los 200.000 euros. Además, a partir de ahora habrá seis tramos de IRPF, que quedan de la siguiente manera:

  1. Hasta 12.450 euros: 19% de tipo impositivo
  2. Desde 12.450 euros hasta 20.200 euros: 24% de tipo impositivo
  3. Desde 20.200 euros hasta 35.200 euros: 30% de tipo impositivo
  4. Desde 35.200 euros hasta 60.000 euros: 37% de tipo impositivo
  5. Desde 60.000 euros hasta 300.000 euros: 45% de tipo impositivo
  6. A partir de 300.000 euros: 47% de tipo impositivo

Por otra parte, en 2021 se redujeron las desgravaciones de planes de pensiones privados individuales a 2.000 euros como aportación máxima, mientras que se elevó el límite conjunto de reducción (partícipe y empresa) de 8.000 a 10.000 euros en los planes de empresa.

En cuanto a otras novedades a tener en consideración, podemos destacar las siguientes:

  • ERTE

Si un contribuyente estuvo en situación de ERTE e ingresó más de 14.000 euros en 2021 y si lo hizo con dos o más pagadores, siendo la suma del segundo y los siguientes superior a 1.500 euros, debe hacer la Declaración de la Renta; si sólo percibió ingresos de ERTE en 2021 de menos de 22.000 euros, no hay obligación de declararlo.

  • Autónomos

Todos los autónomos están obligados a hacer la declaración, salvo quienes ingresaron menos de 1.000 euros. En los gastos deberán incluir los ingresos de explotación(modelo 307), las ayudas recibidas y las ganancias que se hayan obtenido en la venta de cualquier elemento relacionado con su trabajo.

  • Obras de eficiencia energética

En la Renta de 2021 aparece una nueva deducción “verde”: las obras realizadas para mejorar la eficiencia energética de los domicilios se beneficiarán de deducciones que van desde el 20% (con un máximo de 5.000 euros), hasta el 40% (con un máximo de 7.500 euros).

  • Deducciones por hijos y descendientes

Las madres con hijos menores de tres años, o el padre en caso de fallecimiento de la madre, podrán beneficiarse de deducciones de 1.200 euros anuales por hijo (100€ mesnuales por cada hijo), aunque no se aplica si se está cobrando alguna prestación por desempleo. Las personas que hayan sido reconocidas como parte de familia numerosa se beneficiarán del mismo importe.

  • Exención para las catástrofes naturales

La Agencia Tributaria hará exenciones a las ayudas excepcionales por daños personales causados por desastres naturales como la borrasca Filomena y la erupción volcánica en la isla de La Palma. Asimismo, habrá exenciones del 50% de los rendimientos de trabajo percibidos por los tripulantes de buques canarios inscritos en el Registro Especial de Buques y Empresas Navieras de Canarias.

  • Aumenta el impuesto sobre el Patrimonio

Para aquellas personas que superen los diez millones de euros, el impuesto sobre el Patrimonio pasa del 2,5% al 3,5%.

  • Criptomonedas

Este año, y por primera vez, también aparece una casilla para declarar las criptomonedas. Para más información, contacte con nosotras.

 

 

 

 

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